El gráfico «Procedimiento para realizar las Privatizaciones» contiene un esquema resumido del procedimiento a seguir en cualquier proceso de privatización, tal y como se establece en el Programa de Privatizaciones, con una especial referencia al papel que realiza el CCP.
Procedimiento para realizar las privatizaciones
Así, el Agente Gestor tiene la iniciativa del proceso, procediendo a la selección de «Asesores» y elaborando una propuesta de privatización (en su caso con la ayuda de los asesores que hayan resultado seleccionados). A continuación remite la información sobre el proceso seguido y la propuesta concreta de venta al CCP (organismo con el que antes ha podido tener -en su caso- una fase de «consultas previas»).
El CCP emite su dictamen que, junto con la propuesta de privatización, se eleva al Ministro de Hacienda, quien, si así lo considera procedente, someterá la propuesta del Agente Gestor junto con el informe del CCP a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, para su posterior aprobación definitiva por el Consejo de Ministros.
Con posterioridad a la ejecución de la operación, y sin perjuicio de la función del Tribunal de Cuentas, el IGAE realizará una Auditoría sobre el desarrollo de cada operación.
Sistema de funcionamiento del CCP
Una vez recibida por el CCP una propuesta concreta de venta de un proceso de privatización, el mecanismo que se sigue, con carácter general, es el que se detalla a continuación, sin que sea una enumeración exhaustiva ni limitativa, ateniéndose en todo momento a las características particulares de cada operación:
- Se designa a uno ó varios ponentes entre los miembros del Consejo. Esta designación puede producirse con anterioridad a la remisión del expediente. En estos casos, de acuerdo con el Agente Gestor, el Ponente o Ponentes designados suelen realizar un seguimiento previo de la operación.
- El plazo general para emitir los informes es de quince días. Este plazo se computará desde la recepción en el Consejo de la documentación e información de la operación sometida a su consideración.
No obstante, si se considera necesario, el Consejo podrá solicitar documentación ó información adicional o complementaria que resulte necesaria para informar sobre la operación, con lo cual el plazo general quedará interrumpido hasta la recepción completa de la misma.
Igualmente, en las operaciones de especial complejidad, o cuando la carga de trabajo del Consejo así lo aconseje, el plazo establecido en el apartado anterior podrá ser prorrogado por el Consejo, salvo que los Agentes Gestores justifiquen expresamente la urgencia de la operación.
- Para cada operación se suele mantener al menos una reunión con el Agente Gestor. Del mismo modo, el Consejo puede convocar a cualesquiera otras personas cuya información considere conveniente para la elaboración del dictamen.
- Asimismo, el Presidente integra junto a los ponentes la denominada Comisión de Preparación del Consejo cuyo objeto es la elaboración de los borradores de dictámenes que serán presentados al pleno del CCP.
- Una vez elaborado el borrador de dictamen, se reúne el Consejo en Pleno para el estudio y aprobación, en una o varias reuniones, del dictamen correspondiente. Normalmente, el Pleno ha analizado en alguna reunión previa a la elaboración del borrador de dictamen la problemática que plantea la operación.
- Después de aprobado se envía al Agente Gestor y se hace público mediante su remisión a los medios de comunicación.
- Además de la emisión de dictámenes a los que hace referencia el apartado 9º 1.A. del Acuerdo del Consejo de Ministros del 28 de junio de 1996, el CCP también «informará sobre cuantas cuestiones le sean planteadas … durante el desarrollo del proceso de privatizaciones», según se recoge en el apartado 9º 1.B. del Acuerdo citado.
En función de este apartado, el Consejo ha resuelto numerosas consultas realizadas por los Agentes Gestores en las fases previas de los procesos de privatización. La labor desarrollada en este campo ha sido de naturaleza muy variada, existiendo consultas puntuales sobre aspectos concretos o generales de un determinado proceso de privatización o realizando un seguimiento por parte de un miembro del Consejo de una determinada operación en sus diferentes fases.
El CCP valora muy positivamente estos contactos previos con los Agentes Gestores dado que, de esta manera, se tiene un amplio conocimiento de las operaciones con anterioridad a la recepción del expediente. Esto ha permitido, en diversas operaciones, la aceleración de la elaboración del dictamen y, sobre todo, ha implicado que los Agentes Gestores conocieran la opinión del Consejo con anterioridad a la realización de sus propuestas concretas sobre el diseño de la operación, siendo uno de los cauces que han llevado a un mayor grado de transparencia y concurrencia al programa privatizador.